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21.05.2020

VII-Información extraordinaria COVID-19

 

 

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LÍNEAS DE FINANCIACIÓN ICO COVID-19 
 
Todos los autónomos y empresas de cualquier tamaño que no se encuentren  en concurso o con problemas vinculados a ejercicios  anteriores podrán acudir a las Líneas ICO para atender sus necesidades de liquidez y hacer frente a pagos de: salarios, proveedores, alquiler, gastos fijos, vencimientos de  financiación  y obligaciones tributarias, independientemente del sector de su actividad.

Podrán acudir a su entidad financiera que se encuentra gestionando los  Préstamos ICO al 1,5% fijo, apertura 0,5%, 5 años (1 carencia+4 amortización), o cuenta crédito a 3 años, con el aval del Estado, también para líneas de circulante.
  • Presentar la  documentación habitual - BS, PPGG, MOD 390 ...-,
  • Anexo cero ICO (la razón social, el tipo de empresa, el tipo de financiación que se solicita, uso, y todo los datos económicos que muestren el estado de su empresa,
  • Declaración Responsable Jurada (donde se declara que el importe del préstamo no supera el doble de los costes salariales anuales de su negocio o no supera el 25% del volumen de negocio del año anterior)
  • Declaración de ayudas de la empresa sujetas al Régimen de Minimis (informa de si la empresa ha recibido otras ayudas de la UE por un importe inferior a 200.000 €). En caso de haberlas recibido, indicar las cantidades, el organismo y el destino de la ayuda.
A continuación les mostramos un resumen de las condiciones , plazos y garantías atendiendo al tipo de profesional.
 

MICROEMPRESAS Y AUTÓNOMOS
 
TIPO.-  Para empresas de hasta 10 empleados y autónomos.
CUANTÍA.-Hasta 1,5 millones de euros.
PLAZO.- Hasta 4 años +1 año de carencia ( 5 años).
GARANTÍA.- 80%. El 20% restante lo asumirán las entidades financieras a través de avales complementarios -tipo ASTURGAR- u otras posibilidades en función del tipo de solicitantes.
PYMES
 
TIPO.- Para empresas de hasta 260 empleados y rentas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros.
CUANTÍA.- Hasta el 25% de sus ingresos anuales o 24 más de gastos de personal .
PLAZO.-Hasta 4 años + 1 año de carencia ( 5 años).
GARANTÍA.- 80%. El 20% restante lo asumirán las entidades financieras a través de avales complementarios -tipo ASTURGAR- u otras posibilidades en función del tipo de solicitantes.
GRANDES EMPRESAS
TIPO.- Para empresas de más de 250 empleados y ventas superiores a 50 millones de euros o  con un total de activo superior a 43 millones de euros.
CUANTÍA.- Hasta el 25% de sus ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal.
PLAZO.-  Hasta 4 años + 1 año de carencia ( 5 años).
GARANTÍA.- 70% para nuevas operaciones y 60€ renovaciones

 

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